El Tribunal afirmó que esta medida es clave para garantizar el derecho al cuidado y avanzar hacia la igualdad de género.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) determinó que los Estados del continente deben adoptar medidas que reduzcan de forma progresiva la duración de la jornada laboral, como parte de su obligación de garantizar el derecho al cuidado.
Así lo estableció en la Opinión Consultiva OC-31/25, finalizada el 12 de junio de 2025 y dada a conocer este jueves en un evento público del tribunal interamericano, en la que por primera vez reconoció este derecho como un derecho humano autónomo, protegido por la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
El derecho al cuidado protege tanto a las personas que reciben cuidados, como a aquellas que los otorgan, y tiene tres dimensiones fundamentales: ser cuidado, cuidar y el autocuidado”, dijo el Tribunal. En consecuencia, la Corte afirmó que los Estados tienen el deber de respetar y garantizar este derecho, y de adoptar medidas legislativas, administrativas y presupuestarias que aseguren su realización progresiva.
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